Solicitante : Dereck Mattiw Lozano Vega
Asunto : Registro de marca
1. Objetivos
●
Realizar la inscripción o registro de la marca
de nuestra empresa.
● Tener la autorización y ser los únicos dueños de la marca para su uso.
● Tener la seguridad jurídica de que no habrá otras personas que utilicen nuestra marca a fin de desprestigiarla o causar confusiones.
● Tener la posibilidad de poder franquiciar el
uso de la marca.
●
Distinguirnos de la competencia.
2. Fundamentos Teóricos
En vista de que nuestra marca requiere trascender en el amplio mercado comercial de venta de productos de primera necesidad,consideramos óptimo el registro de nuestra marca, a fin de tener exclusividad en su uso y la seguridad jurídica pertinente.
Al tener nuestra propia marca propiciamos el reconocimiento, no solo de nuestra empresa, sino, el reconocimiento hacia nuestra
clientela por ser parte de un grupo exclusivo
de la sociedad que compra productos de la mejor calidad, en una empresa
completamente ecológica.
Es claro que nuestra ambición
no tiene límites,
ya que, añoramos
poder expandirnos en toda la ciudad de Tacna y otros; en merito
a ello es que planteamos la
creación y el registro de nuestra marca a fin de que su prestigio, pueda trascender a diversos lugares
de nuestra localidad.
En mérito a la exclusividad que propiciamos, es que realizamos la debida inscripción de la marca, a fin de que se evite y elimine la posibilidad de confusión.
Por medio de
la solicitud planteada a INDECOPI pretendemos tener no solo un signo registrado, sino,
un signo distintivo de los demás,
es decir,
que la autoridad haya evaluado
las posibilidades de confundibilidad con marcas ya registradas y por registrar. Con
ello podemos distinguirnos de la competencia.
3. Equipos
y materiales
3.1 Equipos:
● Computadora Portátil
● Celular
3.2
Recursos
● Jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (confundibilidad)
Jurisprudencia de INDECOPI (Confundibilidad)
● Portal web de INDECOPI
● TUPA de INDECOPI
● Clasificación de NIZA, 11 edición, versión
2021
4. Procedimiento
4.1 Flujograma de registro de marca en INDECOPI
5. Resultados
El registro de la Marca “EL GALENO”, en la cual el
nombre va a ser usado para abrir un establecimiento de venta de alimentos de primera necesidad, productos de limpieza,
entretenimiento y afines
(Minimarket), al seguir los procedimientos como lo
establece en el flujograma anterior, se ha llevado
con éxito.
A pesar, que en su publicación, la empresa “EL GALENHO
INTERNATIONAL S.A.C”, presentó una oposición (Anexo 1.A ), para el registro de nuestra
marca, por los motivos de riesgo de confusión
directo, indirectos y de asociación; similitud ortográfica y fonética.
6. Conclusiones
El registro y autorización exitosa
de la marca “EL GALENO”,
obteniendo así la exclusividad y seguridad jurídica
de uso.
7. Anexos
1.A Oposición de la Empresa
Textil EL GALENHO
en contra de la
empresa LOZANO’S E.I.R.L,
por el uso de marca
para su minimarket EL GALENO.
1.B Jurisprudencia Tribunal de Justicia de la Comunidad
Casa Andina, proceso
N° 234-IP-2019.
1.C Resolución N° 2951-2009/TPI-INDECOPI
1.D Clasificación de Niza- 11 edición, versión 2021
PUEDES VER EL PODCAST EN EL SIGUIENTE ENLACE
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